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Último día para presentar:
febrero 1, 2021 - febrero 2, 2021
- Modelo 130 o 131. Presentamos los pagos fraccionados de autónomos del cuarto trimestre 2020, modelos 130 o 131, si tributas en estimación directa u objetiva respectivamente.
- Modelo 303/309. En cuanto a IVA, presentaremos el cuarto trimestre de 2020: modelo 303; sin embargo, si el autónomo se encuadra en el régimen especial de Recargo de Equivalencia, no presentará el modelo 303 de autoliquidación de IVA, sino que presentará, en su caso, el modelo 309, declaración-liquidación no periódica del cuarto trimestre del último año.
- Modelo 390. Resumen anual del IVA, en el que se aglutinan las cifras de los cuatro modelos 303 presentados respecto al año 2020.
- Modelo 349. si tienes proveedores o clientes intracomunitarios, habrás de presentar el modelo 349 del cuarto trimestre de 2020, en el que se relacionan las operaciones realizadas durante el trimestre con operadores intracomunitarios.
- Modelo 190. Es el resumen anual del modelo trimestral 111, que recordemos que recoge las retenciones que la pyme o autónomo haya practicado a sus trabajadores, normalmente en nómina, o a sus proveedores o colaboradores en sus facturas.
- Modelo 180. Resume las cifras anuales de los cuatro modelos trimestrales 115 presentados, es decir, recoge el total de las rentas satisfechas y retenciones practicadas durante el año a nuestros arrendadores de locales de negocio u oficinas.
- Modelo 193. Es el resumen anual del modelo 123, mostrará las retenciones practicadas en cifras anuales por el pago de dividendos o de intereses de créditos no bancarios.